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Jueves, 21 de Noviembre del 2024
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Corte confirma que los menores indocumentados que entren solos al país tienen derecho a una audiencia

Por: Amy Chozick
Washington DC.-

Ninos a corte

Un panel de jueces de apelación confirmó este miércoles el fallo de una jueza de California, quien dictaminó que ICE no puede mantener detenidos a niños inmigrantes indocumentados sin dejar que se presenten ante un juez.

El gobierno estadounidense no puede mantener detenidos a cientos de menores que cruzan la frontera indocumentados sin darle la oportunidad de presentarse ante un juez de inmigración, confirmó una corte de apelaciones este miércoles. “Sin estas audiencias, estos niños no tienen un espacio significativo en el que puedan refutar las decisiones de la ORR (Oficina de Reasentamiento de Refugiados) sobre su detención, o incluso descubrir por qué se han tomado esas decisiones”, dice la decisión tomada por un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito.

La decisión reafirma por unanimidad el fallo de la jueza Dolly Gee, quien decidió que la ORR no puede mantener detenidos a menores indocumentados sin proveerles una audiencia ante un juez que evalúe la posibilidad de una fianza.

Las autoridades migratorias de Estados Unidos mantienen en centros familiares a las madres y niños que han cruzado la frontera ilegalmente, huyendo de las pandillas y la violencia en sus países. Esta práctica recrudeció en 2014, cuando una cifra récord de más de 46,000 niños y adultos provenientes de Guatemala, El Salvador, Honduras y México fueron detenidos por las autoridades federales en un tramo de la frontera mexicana en Texas, la mayoría buscando asilo.

El fallo de este miércoles se desprende además de un acuerdo judicial alcanzado en 1997 y conocido como ‘Flores v. Meese’, según el cual “un menor en medio de procedimientos de deportación deberá tener una audiencia de determinación de fianza frente a un juez de inmigración”.

El gobierno había apelado el fallo de la jueza Gee, argumentando que el acuerdo ‘Flores v. Meese’ quedó anulado luego de que el Congreso aprobara dos leyes sobre el cuidado de menores que llegan sin compañía adulta ni documentos, y que eliminaban la audiencia de fianza. Una de ellas es la Ley de Seguridad Nacional (HSA) de 2002, que transfirió a la ORR la autoridad de resguardar y reasentar a los menores. La otra es la Ley de Reautorización de Protección para Víctimas de Trata Humana (TVPRA) de 2008.

“La infraestructura legal que formaron las leyes HSA y TVPRA no le da control exclusivo y autónomo a la ORR sobre la detención de menores sin compañía adulta. En realidad estas leyes dejan amplio espacio para que jueces de inmigración dirijan audiencias de fianza para estos niños”, dijo el panel en su decisión.

Los jueces de apelación argumentaron que las audiencias de fianza salvan a los niños indocumentados del “limbo burocrático” en el que entran al ser detenidos en la frontera.