CIADI falla a favor de El Salvador en indemnización a minera estadounidense
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- Categoría: Internacional
- Publicado el Sábado, 17 Agosto 2013 12:07am
San Salvador.-
El Salvador evitó pagar 100 millones de dólares de indemnización tras ganar un arbitraje internacional a la empresa minera estadounidense Commerce Group, anunció hoy el fiscal general salvadoreño, Luis Antonio Martínez. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial rechazó “la semana pasada” un recurso de nulidad de la minera contra una resolución favorable a El Salvador que ese tribunal dictó en marzo de 2011, explicó Martínez.
Con el fallo se está “eximiendo al país del pago de 100 millones de dólares que la empresa minera demandaba como indemnización por la revocación de los permisos ambientales para la explotación de la minería” de metales preciosos, añadió el fiscal en rueda de prensa. Martínez explicó que la demanda de Commerce Group Corp.
“fue ganada en primera instancia por El Salvador en marzo del año 2011”, pero el 11 de julio del mismo año “la empresa minera interpuso un recurso de nulidad, el cual ha sido resuelto” a favor del país.
El fiscal general dijo esperar que el CIADI, con sede en Washington, “condene a la empresa al pago de las costas procesales”, que para El Salvador suman 1,4 millones de dólares, 800.000 en la primera instancia y 600.000 en la segunda. Además, recordó que la empresa minera demandó a El Salvador al amparo del Tratado de Libre Comercio de Estados Unidos con Centroamérica y la República Dominicana, conocido como CAFTA-DR por su sigla en inglés.
Según se informó en Washington el 15 de marzo de 2011, el CIADI, que es un tribunal independiente de arbitrajes, rechazó la demanda de Commerce Group en primera instancia por motivos procedimentales. El tribunal arbitral no entró a valorar los méritos de la disputa, ya que la parte reclamante no cumplió con uno de los requisitos que establece el CAFTA-DR.
El artículo 10.18 del CAFTA establece que ninguna reclamación podrá someterse a arbitraje a menos que la notificación para este proceso se acompañe de la renuncia por escrito de la demandante de cualquier derecho a iniciar o continuar cualquier otro procedimiento respecto a la misma medida. Pero Commerce Group no desestimó los procedimientos sobre el mismo caso ante la Sala en lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.