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Sábado, 23 de Noviembre del 2024
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Cada votante podrá elegir diputados de diferentes partidos en El Salvador

San Salvador.-

Salvador

La Sala de lo Constitucional emitió una sentencia en la que avalan el voto cruzado, Diputados dicen que fallo es apresurado y temen confusión.

Los ciudadanos podrán votar en las próximas elecciones no sólo por los candidatos a diputados de un mismo partido, sino de varios a la vez. Así lo decidió ayer la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. La sentencia, que da luz verde al llamado sistema de “listas abiertas”, se aplicará aunque la Asamblea Legislativa no adapte la ley y rompe con la tradicional elección por postulantes de un mismo partido y su plataforma. Específicamente, la Sala de lo Constitucional declaró que es inconstitucional el artículo 185 inciso 3° del Código Electoral, que establece la prohibición de voto cruzado.

Para el máximo tribunal, dicha norma vulnera el carácter libre del voto establecido en el artículo 78 de la Constitución, al prohibir marcar candidatos de distintos partidos políticos, distintos candidatos no partidarios o candidatos de partidos políticos y candidatos no partidarios al mismo tiempo. El Tribunal Constitucional ordenó que la Asamblea Legislativa deberá actualizar “oportunamente” la legislación para que se ejecute la sentencia, así como para la asignación de escaños.

Si para las próximas elecciones de 2015 no se hubieran hecho los ajustes a la legislación, los ciudadanos podrán ejercer directamente esta modalidad y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y los partidos deberán educar a la población para ello y establecer los mecanismos para la asignación de escaños por voto cruzado.

En este sentido, los votantes podrán votar por la bandera del partido o coalición de su preferencia, que se traduce en una aceptación de la totalidad de los candidatos propuestos por el partido o coalición; votar por la bandera de un partido o coalición de su preferencia y, al mismo tiempo, por uno o varios candidatos de la misma planilla o lista por la que se ha votado, lo que implica que se está privilegiando a los candidatos marcados por el elector y no a todos los candidatos contenidos en la planilla o lista.

También podrán votar por uno o varios candidatos de un solo partido político o coalición, así como por uno o varios candidatos no partidarios; podrán votar por candidatos de distintos partidos políticos o coaliciones y por candidatos partidarios y no partidarios.